Df 4 Construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión
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»D.F. 4ª.
Por el Ministerio de Obras Públicas se dictarán las normas precisas para asegurar el conocimiento por las Diputaciones Provinciales de los proyectos de autopistas que afecten a su territorio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-05-1972 en vigor desde 11-05-1972