Df 3 Reglamento de las empresas de trabajo temporal
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
El presente real decreto y el Reglamento que aprueba entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 29 de mayo de 2015.
FELIPE R.
La Ministra de Empleo y Seguridad Social,
FÁTIMA BÁÑEZ GARCÍA