Df 3 se desarrolla el art. 11 del ET en materia de contratos formativos
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, a 27 de marzo de 1998.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales,
JAVIER ARENAS BOCANEGRA
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-04-1998 en vigor desde 09-04-1998