Df 2 Medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para incremento de empleo y mejora de calidad
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Uno. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» .
Dos. La regulación del contrato de inserción previsto en la letra d) del artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores en la redacción dada por esta Ley, entrará en vigor el día 1 de enero de 2002.
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 9 de julio de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno, JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-07-2001 en vigor desde 11-07-2001