Df 2 Expedición del pasaporte ordinario
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el « Boletín Oficial del Estado » .
Dado en Madrid, a 11 de julio de 2003.
JUAN CARLOS R. El Ministro del Interior, ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-07-2003 en vigor desde 13-07-2003