Df 2 Desarrollo del contrato para formación y aprendizaje y bases de formación profesional dual
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»D.F. 2ª. Facultades de desarrollo y ejecución.
Se autoriza a las personas titulares de los Ministerios de Empleo y Seguridad Social y de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este real decreto.
Asimismo, se faculta a la persona titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas resoluciones sean precisas para la aplicación de este real decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-11-2012 en vigor desde 10-11-2012