Df 1 Régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de Empresas y de las Sociedades de desarrollo industrial regional
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»D.F. 1ª.
En el plazo de un año, a partir de la publicación de las normas reglamentarias, se aprobará la correspondiente adaptación del Plan General de Contabilidad a las peculiaridades de gestión contable de las Agrupaciones de Empresas y Uniones Temporales de Empresas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-06-1982 en vigor desde 10-06-1982