Ddt única Incorporación d...co español

Ddt única Incorporación de las Directivas 2005/36/CE y 2006/100/CE al ordenamiento jurídico español.

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D.DT. única

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1. Quedan derogados los siguientes reales decretos:

Real Decreto 331/1989, de 17 de marzo, por el que se regula el reconocimiento de títulos, diplomas y certificados de veterinarios de los Estados miembros de la Unión Europea, el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios, modificado y ampliado por Real Decreto 335/1992, de 3 de abril, y modificado por Real Decreto 1171/2003, de 12 de septiembre.

Real Decreto 1081/1989, de 28 de agosto, por el que se regula el reconocimiento de certificados, diplomas y otros títulos del sector de la arquitectura de los Estados miembros de la Unión Europea, así como el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios, modificado por los Reales Decretos 314/1996, de 23 de febrero, 905/2001, de 27 de julio, y 1171/2003, de 12 de septiembre.

Real Decreto 1667/1989, de 22 de diciembre, por el que se regula el reconocimiento de diplomas, certificados y otros títulos de farmacia de los Estados miembros de la Unión Europea, así como el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento, modificado y ampliado por Real Decreto 1595/1992, de 23 de diciembre, y modificado por Real Decreto 1171/2003, de 12 de septiembre.

Real Decreto 1691/1989, de 29 de diciembre, por el que se regula el reconocimiento de diplomas, certificados y otros títulos de médico y de médico especialista de los Estados miembros de la Unión Europea, el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios, modificado por los Reales Decretos 2072/1995, de 22 de diciembre, 326/2000, de 3 de marzo, y 1171/2003, de 12 de septiembre.

Real Decreto 305/1990, de 23 de febrero, por el que se regula el reconocimiento de diplomas, certificados y otros títulos de enfermeros responsables de cuidados generales de los Estados miembros de la Unión Europea, el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios, modificado y ampliado por Real Decreto 1275/1992, de 23 de octubre, y modificado por Real Decreto 1171/2003, de 12 de septiembre.

Real Decreto 1017/1991, de 28 de junio, por el que se regula el reconocimiento de diplomas, certificados y otros títulos de matrona o asistente obstétrico de los Estados miembros de la Comunidad Europea, así como el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento y de libre prestación de servicios, modificado por los Reales Decretos 279/1994, de 18 de febrero, y 1171/2003, de 12 de septiembre.

Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de títulos de enseñanza superior de los Estados miembros de la Unión Europea, y otros Estados partes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que exigen una formación mínima de tres años de duración, modificado por los Reales Decretos 767/1992, de 26 de junio, 2073/1995, de 22 de diciembre, 1754/1998, de 31 de julio, 411/2001, de 20 de abril, 253/2003, de 28 de febrero, y 1171/2003, de 12 de septiembre.

Real Decreto 675/1992, de 19 de junio, por el que se regula el reconocimiento de diplomas, certificados y otros títulos de odontólogo de los Estados miembros de la Unión Europea, así como el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento y de libre prestación de servicios, modificado por Real Decreto 1171/2003, de 12 de septiembre.

Real Decreto 1396/1995, de 4 de agosto, por el que se regula un segundo sistema general de reconocimiento de formaciones profesionales de los Estados miembros de la Unión Europea y de los demás Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por los Reales Decretos 1754/1998, de 31 de julio, 784/2001, de 6 de julio, 253/2003, de 28 de febrero, y 1171/2003, de 12 de septiembre.

Real Decreto 253/2003, de 28 de febrero, por el que se incorpora al ordenamiento español la Directiva 1999/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de junio de 1999, por la que se establece un mecanismo de reconocimiento de títulos respecto a las actividades profesionales a que se refieren las Directivas de liberalización y de medidas transitorias.

2. Igualmente, quedan derogadas las disposiciones dictadas en desarrollo y aplicación de dichos Reales Decretos, con la salvedad a que se refiere el segundo apartado de la disposición transitoria primera, así como cuantas normas del mismo o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-11-2008 en vigor desde 21-11-2008