Da única Expedición del pasaporte ordinario
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»D.A. UNICA. Remisión de información por vía telemática.
La documentación requerida para la expedición del pasaporte no será exigible cuando el órgano competente para su expedición pueda obtenerla o consultarla por medios telemáticos.
Modificaciones
- Artículo modificado por Real Decreto 411/2014, de 6 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características.
(BOE de 25-06-2014) en vigor desde 26-06-2014