Da 8 Modificacion de la Ley Organica del Poder Judicial
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»D.A. 8ª. Aplicación en la Comunidad Foral de Navarra.
Las disposiciones de esta ley orgánica referidas al personal funcionario de carrera perteneciente a los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia se aplicarán en la Comunidad Foral de Navarra en los términos establecidos en el artículo 122 y la disposición adicional primera de la Constitución y en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2003 en vigor desde 26-12-2003