Da 8 Ley de Enjuiciamiento Civil

D.A. 8ª. Remisión de antecedentes por medios electrónicos.

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 8ª. Remisión de antecedentes por medios electrónicos.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La remisión por parte de un tribunal, oficina judicial u oficina fiscal a otro de todo o parte de un expediente judicial electrónico se realizará, si los sistemas electrónicos lo permiten, facilitando un acceso seguro y controlado a dichos elementos.

Modificaciones