Da 7 Ley de Prevención de Riesgos Laborales
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»D.A. 7ª. Cumplimiento de la normativa de transporte de mercancías peligrosas.
Lo dispuesto en la presente Ley se entiende sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la regulación en materia de transporte de mercancías peligrosas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-11-1995 en vigor desde 10-02-1996