Da 6 Ley de Prevención de Riesgos Laborales
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»D.A. 6ª. Constitución de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El Gobierno, en el plazo de tres meses a partir de la vigencia de esta Ley, regulará la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Comisión se constituirá en el plazo de los treinta días siguientes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-11-1995 en vigor desde 10-02-1996