Da 6 jornadas especiales de trabajo
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»D.A. 6ª. Incumplimiento del tiempo de trabajo y descanso del personal aeronáutico.
Cuando la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el ejercicio de sus funciones detecte que se han producido incumplimientos de las disposiciones relativas a las horas de trabajo o descanso del personal aeronáutico que pudieran afectar directamente a la seguridad de las operaciones de vuelo o de la navegación aérea, lo pondrá en conocimiento de la Dirección General de Aviación Civil a los efectos oportunos.
Modificaciones
- Modificación realizada (Articulo historico) por REAL DECRETO 294/2004, de 20 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, en lo relativo al tiempo de trabajo en la aviacion civil.
(BOE de 27-02-2004) en vigor desde 04-03-2004 - Texto Original. Publicado el 26-09-1995 en vigor desde 04-03-2004