Da 49 Ley de Contratos del Sector Público
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»D.A. 49ª. de las Comunidades Autónomas relativa a instrumentos no contractuales para la prestación de servicios públicos de carácter social.
Lo establecido en esta Ley no obsta para que las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas, legislen articulando instrumentos no contractuales para la prestación de servicios públicos destinados a satisfacer necesidades de carácter social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-11-2017 en vigor desde 09-03-2018