Da 31 TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-
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»D.A. 31ª. Devolución de cuotas en supuestos de variación de datos de empresas y trabajadores.
Cuando se solicite fuera de plazo reglamentario una variación de los datos aportados con anterioridad o una corrección de los mismos, tanto de empresarios como de trabajadores, y proceda la devolución de las cuotas ingresadas, únicamente se tendrá derecho al reintegro del importe que corresponda a las tres mensualidades anteriores a la fecha de la solicitud.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 31ª (se añade)) por Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria.
(BOE de 23-12-2020) en vigor desde 24-12-2020 - Texto Original. Publicado el 31-10-2015 en vigor desde 24-12-2020