Da 20 TR de la Ley de Pue...a Mercante

Da 20 TR. de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante

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D.A. 20ª. Zona geográfica de prestación del servicio de señalización marítima.

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En tanto no se proceda a una nueva delimitación, la zona geográfica en la que cada Autoridad Portuaria prestará el servicio de señalización marítima regulado en el artículo 137 de esta ley, será la asignada a cada una de ellas por la Orden Ministerial de 28 de abril de 1994.

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  • Texto Original. Publicado el 20-10-2011 en vigor desde 21-10-2011