Da 2 ITC BT 52 Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos
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»D.A. 2ª. Guía técnica.
El órgano directivo competente en materia de seguridad industrial del Ministerio de Industria, Energía y Turismo elaborará y mantendrá actualizada una Guía técnica, de carácter no vinculante, para la aplicación práctica de las previsiones de este real decreto, la cual podrá establecer aclaraciones a conceptos de carácter general incluidos en el mismo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2014 en vigor desde 30-06-2015