Da 19 Derecho a la vivienda de Cataluña

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D.A. 19ª. Contratos de copropiedad

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El Gobierno debe crear un fondo económico específico, gestionado por el departamento competente en materia de vivienda, para firmar los contratos de copropiedad que establece el artículo 71.

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  • Texto Original. Publicado el 09-01-2008 en vigor desde 09-04-2008