Da 1 desarrolla la Ley 37/2007 -reutilización de la información del sector público, para el ámbito del sector público estatal-
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»D.A. 1ª. Ausencia de impacto presupuestario.
La aplicación de las previsiones contenidas en este real decreto no supondrá incremento del gasto público ni disminución de los ingresos públicos. Por tanto, los departamentos ministeriales, organismos y entidades afectados deben desarrollar las medidas derivadas de su cumplimiento ateniéndose a sus disponibilidades presupuestarias ordinarias, no dando lugar, en ningún caso, a planteamientos de necesidades adicionales de financiación.