Articulo 98 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 98. Puesta en peligro del patrimonio del hijo.
Cuando la gestión de los padres ponga en peligro el patrimonio del hijo, el Juez, a petición del propio menor, del Ministerio Fiscal o de cualquier pariente del menor, podrá adoptar las medidas que estime necesarias para la seguridad y recaudo de los bienes, exigir caución o fianza para la continuación en la gestión, o incluso nombrar un tutor real.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011