Articulo 97 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 97. Derechos.
Los padres no tienen derecho a remuneración por razón de la gestión, pero será a cargo del patrimonio administrado el reembolso de los gastos soportados, así como el resarcimiento de los daños y perjuicios sufridos sin su culpa que no pueda obtenerse de otro modo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011