Articulo 95 Atención y pr...e igualdad

Articulo 95 Atención y protección a niños, niñas y adolescentes y promoción de sus familias, derechos e igualdad

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Artículo 95. Oposición a las resoluciones de protección.

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Quienes ostenten un interés legítimo podrán oponerse a las decisiones que se adopten para la protección del menor de acuerdo con lo previsto en la legislación procesal civil.