Articulo 73 Contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales
Artículo 73. Disponibilidad electrónica de los pliegos de la contratación
1. Las entidades adjudicadoras ofrecerán un acceso libre, directo, completo y gratuito por medios electrónicos a los pliegos de la contratación a partir de la fecha de publicación del anuncio, de conformidad con el artículo 71, o a partir de la fecha de envío de la invitación a confirmar el interés.
Cuando el medio de convocatoria de licitación sea un anuncio sobre la existencia de un sistema de clasificación, este acceso se ofrecerá lo antes posible y, a más tardar, cuando se envíe la invitación a licitar o a negociar. El texto del anuncio o de las invitaciones deberá indicar la dirección de internet en que pueden consultarse los pliegos de la contratación.
Cuando no se pueda ofrecer acceso libre, directo, completo y gratuito por medios electrónicos a determinados pliegos de la contratación por una de las razones expuestas en el artículo 40, apartado 1, párrafo segundo, las entidades adjudicadoras podrán indicar en el anuncio o en la invitación a confirmar el interés que los pliegos de la contratación en cuestión serán transmitidos por medios distintos de los electrónicos, de conformidad con el apartado 2 del presente artículo. En tal caso, el plazo límite de presentación de ofertas se prolongará cinco días, salvo en los casos de urgencia debidamente justificados mencionados en el artículo 45, apartado 3, y cuando el plazo se establezca de mutuo acuerdo con arreglo al artículo 46, apartado 2, párrafo segundo, o al artículo 47, apartado 2, párrafo segundo.
Cuando no pueda ofrecerse acceso libre, directo, completo y gratuito por medios electrónicos a determinados pliegos de la contratación porque las entidades adjudicadoras tengan intención de aplicar el artículo 39, apartado 2, estas deberán indicar en el anuncio o en la invitación a confirmar el interés, o, en caso de que el medio de convocatoria de licitación sea un anuncio sobre la existencia de un sistema de clasificación, en los pliegos de la contratación, qué medidas destinadas a proteger el carácter confidencial de la información requieren y cómo se puede obtener acceso a los pliegos en cuestión. En tal caso, el plazo límite de presentación de ofertas se prolongará cinco días, salvo en los casos de urgencia debidamente justificados mencionados en el artículo 45, apartado 3, y cuando el plazo se establezca de mutuo acuerdo con arreglo al artículo 46, apartado 2, párrafo segundo, o al artículo 47, apartado 2, párrafo segundo.
2. Siempre que se haya solicitado a su debido tiempo, las entidades adjudicadoras proporcionarán a todos los licitadores que participen en el procedimiento de contratación información adicional relativa a las especificaciones y cualquier documentación complementaria, a más tardar seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de las ofertas. En caso de procedimiento abierto acelerado, contemplado en el artículo 45, apartado 3, este plazo será de cuatro días.
- Texto Original. Publicado el 28-03-2014 en vigor desde 17-04-2014