Articulo 68 Atención y pr...e igualdad

Articulo 68 Atención y protección a niños, niñas y adolescentes y promoción de sus familias, derechos e igualdad

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Artículo 68. La planificación de la prevención.

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1. La actuación de prevención vendrá recogida en la planificación integral y determinará actuaciones en los distintos ámbitos:

- Socioeducativo: participación y formación.

- Socioeconómico: servicios y prestaciones.

- Sociosanitario: promoción de la salud y gestión del riesgo.

- Informativo: acceso y gestión de la información.

2. El departamento competente en servicios sociales habilitará una convocatoria para que entidades locales puedan desarrollar planes comunitarios de prevención para la protección de niños, niñas y adolescentes.