Articulo 6 Organización y funcionamiento del FOGASA
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»Artículo 6. Funciones del Consejo Rector.
Uno. Son funciones del Consejo Rector:
a) Elaborar los criterios de actuación del Fondo de Garantía Salarial.
b) Conocer la evolución económica del Organismo y proponer al Gobierno, a través del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, las medidas oportunas para el cumplimiento de sus fines.
c) Aprobar el anteproyecto de presupuestos y de su liquidación anual.
d) Aprobar la Memoria anual de actividades del Organismo.
Dos. El Consejo Rector se reunirá, previa convocatoria de su Presidente, al menos dos veces al año, y a propuesta de la representación sindical o empresarial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-1985 en vigor desde 17-04-1985