Articulo 57 TR Ley del Catastro Inmobiliario
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»Artículo 57. Sujetos pasivos.
(DEROGADO)
Serán sujetos pasivos de la tasa por inscripción catastral las personas naturales y jurídicas y las comunidades y entidades sin personalidad a las que se refiere el artículo 9.3 que efectúen la declaración.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 4/2004, de 29 de diciembre, de modificacion de tasas y de beneficios fiscales de acontecimientos de excepcional interes publico.
(BOE de 30-12-2004) en vigor desde 01-01-2005