Articulo 57 Estatuto de los Trabajadores
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 57. Procedimiento concursal.
En caso de concurso, a los supuestos de modificación, suspensión y extinción colectivas de los contratos de trabajo y de sucesión de empresa, se aplicarán las especialidades previstas en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-10-2015 en vigor desde 13-11-2015