Articulo 56821 Libro Quinto del Código civil, relativo a derechos reales
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»Artículo 568-21. Concepto y régimen jurídico
1.La tornería es el derecho de adquisición legal por retracto que tiene lugar exclusivamente en el territorio de Arán, en los casos y con los requisitos establecidos por la presente subsección, en virtud del cual sus titulares se subrogan en la posición jurídica de los adquirentes.
2.La tornería se rige por las normas de esta subsección y, en lo que no sea incompatible con las mismas, por los usos y costumbres de Arán, los cuales deben tenerse en cuenta para su interpretación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-05-2006 en vigor desde 01-07-2006