Articulo 54613 Libro Quinto del Código civil, relativo a derechos reales
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»Artículo 546-13. Inmisiones ilegítimas
Las inmisiones de humo, ruido, gases, vapores, olor, calor, temblor, ondas electromagnéticas y luz y demás similares producidas por actos ilegítimos de vecinos y que causan daños a la finca o a las personas que habitan en la misma quedan prohibidas y generan responsabilidad por el daño causado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-05-2006 en vigor desde 01-07-2006