Articulo 54412 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 544-12. Gastos
Los gastos de delimitación y amojonamiento corren a cargo de las personas interesadas, salvo que los dichos delimitación y amojonamiento deriven de un juicio contencioso, en cuyo caso hay que atenerse a lo establecido por las normas de procedimiento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003