Articulo 5411 Libro Quinto del Código civil, relativo a derechos reales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 541-1. Concepto
1.La propiedad adquirida legalmente otorga a los titulares el derecho a usar de forma plena los bienes que constituyen su objeto y a disfrutar y disponer de ellos.
2.Los propietarios conservan las facultades residuales que no se han atribuido a terceras personas por ley o por título.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-05-2006 en vigor desde 01-07-2006