Articulo 5315 Libro Quinto del Código civil, relativo a derechos reales
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»Artículo 531-5. Tradición de los bienes incorporales
La tradición de los bienes incorporales se produce por la entrega de los títulos, por la tradición instrumental o por el uso que hacen los adquirentes con consentimiento de los transmitentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-05-2006 en vigor desde 01-07-2006