Articulo 509 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 509. Desheredación con causa legal.
1. Solo produce los efectos dispuestos en el artículo 511 la desheredación que se funda en una causa legal, cierta y expresada en el pacto o testamento, o en el acto de ejecución de la fiducia.
2. La prueba de ser cierta la causa corresponde a los herederos del causante, si el desheredado la niega.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011