Articulo 5 Reglamento ele...ja tensión

Articulo 5 Reglamento electrotécnico para baja tensión

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 5. Perturbaciones en las redes.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las instalaciones de baja tensión que pudieran producir perturbaciones sobre las telecomunicaciones, las redes de distribución de energía o los receptores, deberán estar dotadas de los adecuados dispositivos protectores, según se establece en las disposiciones vigentes relativas a esta materia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-09-2002 en vigor desde 18-09-2003