Articulo 470 Código del D... de Aragón

Articulo 470 Código del Derecho Foral de Aragón

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 470. Certeza de la designación.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se tendrá por no puesta toda disposición paccionada o testamentaria en favor de persona incierta, a menos que por algún evento pueda resultar cierta.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011