Articulo 47 Protección social de trabajadores del sector marítimo-pesquero
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»Artículo 47. Sistema financiero.
El sistema financiero del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar será el previsto en la sección segunda del capítulo VIII del título I del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-10-2015 en vigor desde 01-11-2015