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Articulo 47 Protección social de trabajadores del sector marítimo-pesquero

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Artículo 47. Sistema financiero.

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El sistema financiero del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar será el previsto en la sección segunda del capítulo VIII del título I del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

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  • Texto Original. Publicado el 22-10-2015 en vigor desde 01-11-2015