Articulo 47 Contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales
Artículo 47. Procedimiento negociado con convocatoria de licitación previa
1. En los procedimientos negociados con convocatoria de licitación previa, cualquier operador económico podrá solicitar participar en respuesta a una convocatoria de licitación, presentando la información para la selección cualitativa que solicite la entidad adjudicadora.
El plazo mínimo fijado para la recepción de las solicitudes de participación no será, como norma general, inferior a 30 días a partir de la fecha de envío del anuncio de licitación o de la invitación a confirmar el interés, cuando un anuncio periódico indicativo sirva de convocatoria de licitación, sin que en ningún caso pueda ser inferior a 15 días.
2. Solo podrán participar en las negociaciones los operadores económicos invitados por la entidad adjudicadora tras haber evaluado la información facilitada. Las entidades adjudicadoras podrán limitar el número de candidatos admitidos a presentar una oferta que serán invitados a participar en el procedimiento, de conformidad con el artículo 78, apartado 2.
La entidad adjudicadora y los candidatos que hayan sido seleccionados podrán fijar de mutuo acuerdo el plazo para la recepción de las ofertas, siempre que todos los candidatos dispongan de un plazo idéntico para preparar y presentar sus ofertas.
En ausencia de acuerdo sobre la fecha límite de recepción de las ofertas, el plazo no podrá ser inferior a 10 días a partir de la fecha en que fue enviada la invitación a presentar ofertas.
- Texto Original. Publicado el 28-03-2014 en vigor desde 17-04-2014