Articulo 451 Reglamento Hipotecario

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Artículo 451.

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Para la provisión de las plazas correspondientes al primer turno se convocarán por la Dirección General oposiciones dentro de los dos meses siguientes a aquel en que hubiere ocurrido la vacante, y los ejercicios se realizarán dentro de los seis meses siguientes a la convocatoria.

Esta se hará por anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-04-1947 en vigor desde 06-05-1947