Articulo 45 Rég especial ... autónomos

Articulo 45 Rég. especial de la Seg. Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos

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Artículo cuarenta y cinco. Imprescriptibilidad e incompatibilidad.

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Uno. (Derogado)

Dos. El disfrute de la pensión de vejez será incompatible con el trabajo del pensionista, con las salvedades y en los términos que reglamentariamente se determinen.