Articulo 44 Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias
Artículo 45. Exenciones en la Zona Especial Canaria.
Las exenciones previstas en las letras c) y h) del apartado 1 del artículo 14 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, se aplicarán asimismo en los supuestos en los que las rentas a que se refieren dichas letras sean obtenidas, por residentes en Estados no miembros de la Unión Europea, en condiciones y con requisitos iguales o equivalentes, según los casos, a los allí recogidos, cuando tales rentas sean satisfechas por una entidad de la Zona Especial Canaria, siempre que las mismas procedan de operaciones realizadas material y efectivamente en el ámbito geográfico de la Zona Especial Canaria. A estos efectos, no resultará de aplicación lo establecido en el último párrafo de la mencionada letra h) .
Tales exenciones no serán de aplicación cuando los rendimientos y ganancias patrimoniales sean obtenidos a través de países o territorios con los que no exista un efectivo intercambio de información tributaria, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición adicional primera de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, ni cuando la sociedad matriz tenga su residencia fiscal en uno de esos países o territorios.- Modificación realizada por REAL DECRETO-LEY 12/2006, de 29 de diciembre, por el que se modifican la Ley 19/1994, de 6 de julio, de Modificacion del Regimen Economico y Fiscal de Canarias, y el Real Decreto-ley 2/2000, de 23 de junio.
(BOE de 30-12-2006) en vigor desde 01-01-2007 - Modificación realizada por REAL DECRETO-LEY 2/2000, de 23 de junio, por el que se modifica la Ley 19/1994, de 6 de julio, de Modificacion del Regimen Economico y Fiscal de Canarias, y otras normas tributarias.
(BOE de 24-06-2000) en vigor desde 25-06-2000 - Modificación realizada (Se modifica el artículo 44) por LEY 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
(BOE de 31-12-1996) en vigor desde 01-01-1997 - Artículo modificado por REAL DECRETO-LEY 3/1996, DE 26 DE ENERO, DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY 19/1994, DE 6 DE JULIO, DE MODIFICACION DEL REGIMEN ECONOMICO Y FISCAL DE CANARIAS.
(BOE de 27-01-1996) en vigor desde 27-01-1996