Articulo 43 Incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2013/55/UE
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»Artículo 43. Derechos adquiridos específicos de las enfermeras responsables de cuidados generales.
A los efectos de reconocer derechos adquiridos a las enfermeras responsables de cuidados generales, las actividades mencionadas en los artículos 30 a 34 deberán haber incluido responsabilidad plena en la programación, la organización y la administración de los cuidados de enfermería al paciente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-06-2017 en vigor desde 11-06-2017