Artículo 43 bis. Cuestión prejudicial europea.
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»Artículo 43 bis. Cuestión prejudicial europea.
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (43 bis (se deroga)) por Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social.
(BOE de 27-06-2024) en vigor desde 28-06-2024 - Artículo modificado por Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
(BOE de 20-12-2023) en vigor desde 20-03-2024