Articulo 41 Código del De... de Aragón

Articulo 41 Código del Derecho Foral de Aragón

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Artículo 41. Validez de los actos jurídicos de la persona con discapacidad.

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La persona que no tiene la suficiente aptitud para ejercer por sí sola su capacidad jurídica respecto de un acto concreto puede realizarlo válidamente con las medidas de apoyo adecuadas conforme a lo establecido en este Código.