Articulo 4 Normas para aplicación y desarrollo del RETA
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»Artículo 4. Exclusiones.
Estarán excluidos de este Régimen Especial los trabajadores por cuenta propia o autónomos cuya actividad como tales dé lugar a su inclusión en otros Regímenes de la Seguridad Socia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-09-1970 en vigor desde 01-10-1970