Articulo 38 Apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y la creación de empleo
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»Artículo 38. Red Ferroviaria de Interés General.
Hasta que se apruebe el Catálogo de Líneas y Tramos de la Red Ferroviaria de Interés General a que se refiere la disposición adicional novena de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, se considerará que la Red Ferroviaria de Interés General se compone de las líneas y tramos relacionados en anexo a esta ley. Se habilita al Ministro de Fomento para actualizar la relación expuesta en el presente artículo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-07-2013 en vigor desde 28-07-2013