Articulo 363 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 363. Liberalidades no colacionables.
Cuando el causante hubiera dispuesto la colación de las liberalidades hechas por él, no se entenderán comprendidos, salvo que expresamente así lo declare, las liberalidades y gastos a que se refiere el apartado 2 del artículo 489.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011