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Articulo 34 Servicios de comunicación audiovisual

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Artículo 34.

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Queda derogada la Directiva 89/552/CEE, modificada por las Directivas indicadas en el anexo I, parte A, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros relativas a los plazos de transposición al Derecho nacional de la Directivas que figuran en el anexo I, parte B.

Las referencias a la Directiva derogada se entenderán hechas a la presente Directiva y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo II.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-04-2010 en vigor desde 05-05-2010