Articulo 34 Estatutos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
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»Artículo 34. Secretarías.
En las unidades territoriales que se determine existirá una Secretaría con dependencia funcional de la Secretaría General del Organismo Estatal o Subdirección competente por razón de la materia, y dependencia orgánica del Jefe de la Unidad Territorial respectiva, según lo que establezcan las relaciones de puestos de trabajo.
Dicha Secretaria ejercerá, en el ámbito correspondiente, las funciones encomendadas a la Secretaría General del Organismo y cuantas otras funciones administrativas se le encomienden por el Jefe de la unidad territorial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-04-2018 en vigor desde 08-04-2018