Articulo 32 Aplicación del principio de igualdad entre hombres y mujeres en asuntos de empleo
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»Artículo 32. Revisión
A más tardar el 15 de febrero de 2013, la Comisión revisará el funcionamiento de la presente Directiva y, en su caso, propondrá las modificaciones que considere necesarias.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-07-2006 en vigor desde 15-08-2006